SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2050/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2050/2013

Fecha: 18-Nov-2013

denegó

La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, por Resolución de 7 de junio de 2013, cursante de fs. 6 a 8 vta., en su calidad de Tribunal de garantías, denegó la tutela solicitada, sin costas por ser excusable, en base a los siguientes argumentos: 1) El accionante actualmente se encuentra en situación de salud estable y supuestamente según las consultas realizadas por este Tribunal de garantías a las partes, señalan que ha condicionado el alta médica al pago de Bs28 000.- (veintiocho mil bolivianos); sin embargo, dicha afirmación no ha sido respaldada por ningún elemento que permita tener convicción y tampoco se observa que ante la liquidación expresada, el accionante o su familia hayan solicitado objetivamente a la Dirección General de la Clínica “Aranjuez” el alta médica y en especial que se haya comunicado su imposibilidad económica que permita asumir una decisión al demandado; y, 2) Para que resuelva el alta médica a solicitud de la familia o en su caso establecer la modalidad de pagos parciales u otras formas de descuento o beneficios, el accionante debió demostrar que se actuó en ese sentido y al no hacerlo, se incumplieron las formalidades establecidas por la propia jurisprudencia.