Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2065/2013
Fecha: 18-Nov-2013
a)
Orlando Rojas Alcón, Juez Octavo de Instrucción en lo Penal, en audiencia presentó su informe verbal refiriendo: a) La presente acción de libertad también fue presentada en el Juzgado Tercero de Sentencia Penal, la cual fue resuelta denegándose la tutela, al existir otra acción de libertad similar no puede pronunciarse respecto a esta; y, b) Solicitó se imponga costas al accionante y su abogado por actuar maliciosamente y perjudicando las labores jurisdiccionales.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- i)
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad moral y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2.
- III.2.1. La Constitución Política del Estado y los derechos a la libertad personal y a la vida
- III.2.2. De la acción de libertad
- cuando existe identidad de objeto, sujeto y causa, además de un pronunciamiento expreso del Tribunal Constitucional sobre los aspectos demandados, corresponde declarar la improcedencia del recurso
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo