SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2075/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2075/2013

Fecha: 18-Nov-2013

III.1.1.

En el caso concreto, el Juez de garantías evidenció que el 31 de julio de 2013, -fecha de la audiencia de acción de libertad- la Jueza Cautelar demandada dispuso que el Actuario del Juzgado remita los actuados al Tribunal Departamental de Justicia para la sustanciación y resolución de la apelación de la cesación a la detención preventiva peticionada por el accionante (Conclusión II.4). Sin embargo, esta situación no es óbice para que este Tribunal ingrese al fondo y conceda la tutela, ello en la comprensión de la naturaleza de la acción de libertad innovativa que afirma que así el acto lesivo haya desaparecido, de todas formas se compulsa la problemática planteada, con el propósito de advertir a la comunidad en su conjunto, sean autoridades, servidores públicos o personas particulares, que las conductas de esa naturaleza contravienen el orden constitucional y lesionan derechos y garantías.