SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2185/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2185/2013

Fecha: 25-Nov-2013

II.1

II.1.  Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Alberto Pari Poma, por los supuestos delitos de allanamiento de domicilio, amenazas y robo, la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz pronunció la Resolución 174/2013 de 12 de junio, que declaró inadmisible el recurso de apelación incidental interpuesto por el hoy accionante contra la Resolución 33/2013 de 29 de mayo, que dispuso su detención preventiva, toda vez que de acuerdo a los datos del proceso, las partes fueron debidamente notificadas con la mencionada Resolución en audiencia por su lectura; por su parte, la apelación formulada fue presentada el 4 de junio de 2013, a horas 11:45, es decir, que fue presentada fuera del plazo establecido en el art. 251 del CPP, contraviniendo lo dispuesto por el art. 130 del mismo cuerpo legal, que señala que los plazos por horas corren inmediatamente después de ocurrido el acontecimiento que fija su iniciación, sin interrupción, mandato que pasó por alto el apelante. Asimismo, la resolución señala que el art. 160 del CPP dispone que las resoluciones que se dicten durante las audiencias orales, se notificarán en el mismo acto por su lectura, como ocurrió en el presente caso, siendo inviable la consideración del recurso interpuesto por la parte acusada (fs. 16 y vta.).