Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0290/2013-RCA
Fecha: 19-Dic-2013
II.2.
“1. Nombre, apellido y generales de quien interpone la acción o de su representante legal, acompañando en este último caso, la documentación que acredite su personería. En el caso de terceras personas que tengan interés legítimo, deberán acreditar el interés alegado. Además, deberá indicarse la dirección de un correo electrónico u otro medio alternativo de comunicación inmediata.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que motivan la acción
- I.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.3. Petitorio
- I.4. Resolución del Tribunal de garantías
- por no presentada
- Fragmento 7
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- II.2.
- II.3.
- considere que dentro de un proceso judicial, así esté ejecutoriado, se han lesionado las normas de orden público, y por tanto, sus derechos fundamentales previstos como garantías judiciales, como es el debido proceso y el derecho a la defensa, interponga el incidente de nulidad,
- II.4. Cumplimiento de los requisitos de admisión (art. 33 CPCo)