Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0493/2013-CA
Fecha: 10-Dic-2013
II.2. Marco normativo constitucional y legal
Al respecto, el art. 73.2 del CPCo, establece que la acción de inconstitucionalidad de concreta: “…procederá en el marco de un proceso judicial o administrativo, cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes, estatutos autonómicos, cartas orgánicas, decretos, ordenanzas y todo género de resoluciones no judiciales”.
- Jueza Segunda de Partido Administrativa Coactiva Fiscal y Tributaria del departamento de La Paz
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte.
- a)
- rechazó
- II.1. Norma jurídica impugnada y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- sobre las que exista una duda razonable, fundada, identificada con precisión por la autoridad judicial o administrativa que promueva la acción
- de oficio o a instancia de una de las partes, entienda que la resolución del proceso judicial o administrativo, depende de la constitucionalidad
- la remisión al Tribunal Constitucional Plurinacional se realizará a efectos de su revisión por la Comisión de Admisión”
- II.3.
- RATIFICAR