AUTO CONSTITUCIONAL 0035/2013-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0035/2013-RCA

Fecha: 21-Feb-2013

considerar como actos consentidos aquellos que han sido reclamados en reiteradas oportunidades, cuando se estaba vulnerando sus derechos

El AC 0154/2012-RCA de 26 de septiembre, ha instituido lo siguiente: “En cuanto a los supuestos actos consentidos expuesto por el Tribunal de garantías, es necesario aclarar que esta causal de improcedencia ha sido entendida por la SC 1667/2004-R, la que no fue tomada en cuenta, no correspondiendo considerar como actos consentidos aquellos que han sido reclamados en reiteradas oportunidades, cuando se estaba vulnerando sus derechos, por lo que se considera que el referido Tribunal no valoró de manera correcta los antecedentes expuestos, al  interpretar la norma dentro de los parámetros constitucionales” (las negrillas son ilustrativas).