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    AUTO CONSTITUCIONAL 019/2013-RCA-SL
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 019/2013-RCA-SL

    Fecha: 07-Feb-2013

    Fragmento 1

    En revisión la Resolución 24/2011 de 10 de marzo, cursante a fs. 42, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Azucena Beltran de Paniagua y Orlando Roberto Paniagua Ledezma contra Luís Antonio Revilla Herrero, Alcalde y María Alejandra Rodriguez, Directora de Información Territorial ambos del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz.

    • Fragmento 1
    • I.1. Síntesis de la solicitud
    • I.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
    • a)
    • improcedencia
    • II.1.  Aplicación de la Ley 1836 para la liquidación de acciones   tutelares ingresadas hasta el 31 de diciembre de 2011
    • II.2.  Revisión de las resoluciones de rechazo e improcedencia in limine  por la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional en las acciones de defensa
    • dentro del plazo razonable de tres días hábiles computables a partir del día siguiente de su notificación con la Resolución respectiva
    • II.3.
    • II.4.   Sobre la exposición con precisión y claridad de los hechos que sirvan de fundamento y la precisión de los derechos o garantías que consideren suprimidos o amenazados (arts. 97.III y IV de la LTC)
    • II.5.   Análisis del caso concreto
    • APROBAR

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