AUTO CONSTITUCIONAL 059/2013-RCA-SL
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 059/2013-RCA-SL

Fecha: 27-Feb-2013

II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN

El accionante denunció como normas legales incumplidas los arts. 129.V de la CPE y 102.I de la LTC, así como las SSCC 0664/2010-R de 19 de julio y 1213/2004-R de 30 de julio; sin embargo, la acción de cumplimiento al haber sido rechazada in limine por el Tribunal de garantías; corresponde, a la Comisión de Admisión en revisión dilucide si tal rechazo se enmarca dentro de las previsiones de la Constitución Política del Estado y la Ley del Tribunal Constitucional.