Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 061/2013-RCA-SL
Fecha: 27-Feb-2013
II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
La accionante estima vulnerados sus derechos al trabajo, a la estabilidad laboral y a los derechos sociales; sin embargo, al haberse rechazado in limine la acción por el Tribunal de garantías, corresponde a la Comisión de Admisión en revisión, dilucidar si tal declaratoria se enmarca dentro de las previsiones de la Constitución Política del Estado y la Ley del Tribunal Constitucional.
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- obligatoria
- rechazo in limine
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- II.1.
- y se tramitará de la misma forma que la
- II.3. Del ámbito de protección de la presente acción
- Memorándum 0442-10 de 16 de junio de 2010
- Fragmento 9
- II.6. Análisis del caso concreto
- procederá en caso de incumplimiento de disposiciones constitucionales o de la Ley por parte de servidores públicos,
- APROBAR