AUTO CONSTITUCIONAL 061/2013-RCA-SL
Fecha: 27-Feb-2013
procederá en caso de incumplimiento de disposiciones constitucionales o de la Ley por parte de servidores públicos,
En ese contexto, se establece que la accionante al momento de interponer la acción de cumplimiento, no tuvo presente la naturaleza jurídica y el ámbito de tutela de esta acción de defensa; por cuanto, pretende se dé cumplimiento a la Conminatoria 003/2011 de 4 de octubre, sin percatarse que se trata de una obligación de tipo administrativo y no del incumplimiento de una norma o disposición legal, tal como establece el art. 134.I de la CPE, que claramente instituyó que: “La Acción de Cumplimiento procederá en caso de incumplimiento de disposiciones constitucionales o de la Ley por parte de servidores públicos, con el objeto de garantizar la ejecución de la norma omitida”.
Es así que, de la revisión de los antecedentes aparejados al expediente, se evidencia la existencia de causales de improcedencia, en virtud a que la acción de cumplimiento se ha previsto ante la inobservancia de disposiciones constitucionales o legales por parte de funcionarios públicos, cuyo propósito es garantizar la ejecución de la norma omitida y no así en procesos propios de la administración pública, como ocurre en el presente caso, dando como consecuencia que el petitorio no guarde relación con el hecho, ya que éste procede ante el incumplimiento del deber omitido.
En tal sentido y tomando en cuenta la naturaleza jurídica y la finalidad de la acción de cumplimiento, así como el contenido de la jurisprudencia glosada en el punto II.3. del presente Auto Constitucional, se concluye que la pretensión de la accionante es incongruente y alejada del procedimiento, pues lo que se pide es efectivizar la conminatoria de la Jefatura Departamental de Trabajo y no así el cumplimiento concreto de una disposición constitucional o legal.
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- obligatoria
- rechazo in limine
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- II.1.
- y se tramitará de la misma forma que la
- II.3. Del ámbito de protección de la presente acción
- Memorándum 0442-10 de 16 de junio de 2010
- Fragmento 9
- II.6. Análisis del caso concreto
- procederá en caso de incumplimiento de disposiciones constitucionales o de la Ley por parte de servidores públicos,
- APROBAR