SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0119/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0119/2013

Fecha: 01-Feb-2013

II.2

II.2.  La autoridad ahora demandada, por Auto de 11 de septiembre de 2012, admitió la acusación y ordenó la radicatoria de la misma, señalando audiencia de juicio oral para el 19 de igual mes y año (fs. 81); sin embargo, por memorial del 18 de del citado mes y año, la accionante, solicitó la suspensión y la reprogramación de audiencia de juicio oral a celebrarse en la fecha señalada, mereciendo dicha solicitud, la providencia de 19 del mismo mes y año, emitido por la autoridad demandada, quien dispuso “Estése a lo dispuesto en la audiencia de juicio inmediato de la fecha” (fs. 88 y vta).