Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0272/2013
Fecha: 13-Feb-2013
CONFIRMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera, en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia y el art. 44 del Código Procesal Constitucional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 05/12 de 29 de octubre de 2012, cursante de fs. 107 a 110 vta., pronunciada por el Juez Primero de Partido Mixto, Niño Niña y Adolescente de Guayaramerín del departamento de Beni; y en consecuencia, DENEGAR la tutela solicitada en los términos de la resolución que se revisa.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- el objeto
- III.1. La acción de amparo constitucional. Su configuración
- III.2. Principio de subsidiariedad de la acción de amparo constitucional
- 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR