AUTO CONSTITUCIONAL 0070/2013-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0070/2013-CA

Fecha: 07-Mar-2013

I.2. Respuesta a la solicitud

Por memorial de 30 de enero de 2013, cursante a fs. 52 y vta., Graciela Mendoza Arias, apoderada de sus hijos Celia y José Manuel Gutiérrez Mendoza, respondió a la acción de inconstitucionalidad concreta presentada por el accionante, argumentando la interpretación del art. 264 del CF, es errónea cuando los dos hijos aun se encuentran estudiando, extremos que fueron justificados oportunamente, cumpliendo lo dispuesto por los arts. 1287 y 1289 del Código Civil (CC), 61 de la Ley 1760 de 28 de febrero de 1997 y 264 del CF solicitando se desestime la acción de inconstitucionalidad concreta.