AUTO CONSTITUCIONAL 0085/2013-CA
Fecha: 21-Mar-2013
1° ADMITIR
1° ADMITIR la acción de inconstitucionalidad concreta, planteada por Rolando Villena Villegas, Defensor del Pueblo del Estado Plurinacional de Bolivia, demandando la inconstitucionalidad de los arts. 14 inc. b) del Código de Seguridad Social y 34 inc. b) de su Reglamento; los numerales 2 incs. e) y f); 3 inc. b), 5, 7 y 9 del Reglamento de Inserción de Beneficiarios aprobado por la CNS, mediante Resolución de Directorio 061/2004 de 10 de agosto, por presuntamente infringir los arts. 14.II y III, 18.II, 59.III, 63.I, 109.II y 410.II de la CPE; 17.4 y 5 y 24 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; 4 del Protocolo de San Salvador; 3 y 26 del PIDCP; 2.1 y 2 de la Convención sobre Derechos del Niño.