AUTO CONSTITUCIONAL 0085/2013-CA
Fecha: 21-Mar-2013
d)
d) El numeral 5 del señalado Reglamento de Inserción aprobado por la CNS, por la mencionada Resolución de Directorio, indicó como requisitos de afiliación de los padres del trabajador, la existencia de una relación de dependencia absoluta y permanente con el hijo asegurado en los ámbitos económico, social, familiar y de vivienda, expresando además que la viudez, soltería y divorcio son situaciones que favorecen en el caso de las madres a su inscripción; condiciones que a su vez se encontraban reguladas en el Código de Seguridad Social y respectivo Reglamento, las cuales fueron declaradas inconstitucionales por las SSCC 0062/2003 y 0019/2006, quedando subsistentes en la presente norma impugnada de inconstitucional, la cual por ende lesiona el principio de reserva legal y jerarquía normativa reconocidos en los arts. 109.II y 410.II de la CPE.