Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 073/2013-RCA-SL
Fecha: 28-Mar-2013
ADMITA
Por mandato de la norma prevista por el art. 20.I (Liquidación de causas) de la Ley 212 de 23 de diciembre de 2012, el Tribunal Constitucional Plurinacional, conformó la Sala Liquidadora Transitoria, quienes resolverán las acciones tutelares ingresadas al Tribunal Constitucional y a los Tribunales de garantías, hasta el 31 de diciembre de 2011; por lo que, en revisión la Disposición de rechazo, la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional, emitió el AC 0035/2012-RCA-SL de 17 de agosto, por el cual se revocó la Resolución 213/11 de 2 de junio de 2011, disponiendo que el Tribunal de garantías ADMITA la acción de amparo, previos los trámites de rigor.
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- ADMITA
- I.2.
- II.1.
- II.2. Análisis de la resolución enviada en revisión
- la tendrá la autoridad que detenta el cargo al momento de la interposición de la acción de amparo constitucional
- los emplazamientos, citaciones y notificaciones ( notificaciones en sentido genérico), que son las modalidades más usuales que se utilizan para hacer conocer a las partes o terceros interesados las providencias y resoluciones de los órganos jurisdiccionales o administrativos, para tener validez, deben ser realizados de tal forma que se asegure su recepción por parte del destinatario;
- POR TANTO