SCP 0346/2013 de 18 de marzo
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SCP 0346/2013 de 18 de marzo

Fecha: 18-Mar-2013

III.4. Análisis del caso concreto

De la demanda presentada por la accionante, se tiene que, mediante Resolución 142/2012, se le inició proceso administrativo por haber omitido la presentación de su declaración jurada de bienes y rentas, para lo cual la Autoridad Sumariante argumenta sobre la base del art. 149 del Código Penal (CP), concordante con los arts. 8 inc. j), 53 y 54 del Estatuto del Funcionario Público (EFP); y 235 de la CPE; por otra parte, otro de los motivos de dicho proceso es la inasistencia injustificada por más de seis días continuos o veintitrés discontinuos durante el año, por ello en primera instancia se emitió la Resolución final de la Autoridad sumariante 123/2012 de 19 de abril, por la que destituye a la ahora accionante por que hubiese cometido dos ilícitos administrativos, determinación que a decir de la accionante no tiene una debida fundamentación, además, que en esa instancia se le tomó su declaración informativa sin abogado defensor, no se le permitió producir prueba y la que presentó no fue valorada por la Autoridad sumariante, además que la omisión de presentar su declaración jurada de bienes y rentas constituye un delito penal y no así una falta administrativa; decisión administrativa confirmada en revocatoria y jerárquico.

Por otra parte, y respecto a la falta de asistencia técnica en la declaración informativa prestada por la ahora accionante en primera instancia, este Tribunal Constitucional Plurinacional se encuentra impedido en pronunciarse, toda vez que se evidencia que este hecho no fue denunciado en los recursos de revocatoria y jerárquico, por lo que al constituirse estos recursos en idóneos para restablecer cualquier derecho presuntamente vulnerados en primera instancia administrativa, no podemos suplir los mismos mediante la vía constitucional como se pretende.