SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0043/2013-L
Fecha: 06-Mar-2013
contravenciones administrativas
Transcurridos dos años, después de ocurrido el hecho, mediante Resolución de “Apertura o Inicio” 011/2010 de 7 de junio, se instauró proceso administrativo interno, arguyendo como hecho motivador la “Perdida de una Computadora Portátil” (sic), acusándolo por la comisión de contravenciones administrativas pasibles a responsabilidad administrativa, previstas por la Ley de Administración y Control Gubernamental (SAFCO) el Decreto Supremo (DS) 181 de 28 de junio de 2009, “en sus arts. 156 inc. a), 157 inc. f) y art. 158” (sic).
Mediante Resolución Final Sumarial 002/2010 de 12 de julio, se dió por concluido el proceso administrativo, declarando como “RESPONSABLE DE LA PÉRDIDA DE LA COMPUTADORA PORTATIL marca HP, modelo 6710” (sic), con un valor de Bs14 799,46.- (catorce mil setecientos noventa y nueve 46/100 bolivianos), e imponiéndose como sanción la cancelación del 50% del valor del bien sustraído, es decir la suma de Bs7 399,73.- (siete mil trecientos noventa y nueve 73/100), a ser descontados en cuatro cuotas mediante planilla de haberes mensuales.
Con el fin de que se subsane la decisión emitida por el único sumariante, se planteó recurso de revocatoria, contra esta Resolución pero en esta instancia se revoca parcialmente la anterior Resolución para sumar una nueva sanción en la cual se impone a “UN MES DE SUSPENSIÓN, SIN GOCE DE HABERES” (sic), además del pago del 50% del valor del bien, contradiciendo el principio de prohibición de reforma en perjuicio.
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- contravenciones administrativas
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Consideraciones de sala
- II.6.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2.
- III.3. Principio no reformatio in peius
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR