SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0100/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0100/2013-L

Fecha: 20-Mar-2013

concedió

El Juez Tercero de Partido y Sentencia de Bermejo del Distrito Judicial -ahora departamento- de Tarija, constituido en Juez de garantías, pronunció la Resolución de 10 de mayo de 2011, cursante de fs. 56 vta. a 62 vta., por la que concedió la tutela solicitada; ordenando la restitución a su fuente laboral y el pago de sueldos devengados desde el día de su retiro intempestivo, de acuerdo a los siguientes fundamentos: a) La Constitución Política del Estado, reconoce los derechos de los grupos vulnerables, en especial de las personas con discapacidad, obligando al Estado a su respeto, protección y promoción. b) La jurisprudencia del Tribunal Constitucional, en concordancia con los tratados y convenios internacionales en derechos humanos ha establecido que las personas con discapacidad, gozan de una protección estatal especial, por lo que, se les debe garantizar un desenvolvimiento favorable y estable en su entorno social y laboral. c) El DS. 27477 de 6 de mayo de 2004 en su art. 5.I y II, establece la inamovilidad funcionaria de la persona con discapacidad, e incluso ésta tutela se extiende a los trabajadores que tengan bajo su dependencia personas discapacitadas. d) El Tribunal Constitucional, en su amplia jurisprudencia ha establecido la excepción al principio subsidiario de la acción de amparo constitucional, cuando se trata de tutelar la vida y salud de un ser humano con discapacidad.