SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0119/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0119/2013-L

Fecha: 20-Mar-2013

II.3.

II.3.  Por el informe “JDTLP-065/10” de 24 de septiembre de 2010, Héctor Eloy Paucara Casas, Inspector de Trabajo, hizo conocer al Jefe Departamental del Trabajo de La Paz, que Corina Laura Ondarza Capo -ahora accionante-, presentó denuncia por concepto de beneficios sociales por retiro intempestivo, el 7 de septiembre de 2010, emitiéndose la primera citación, donde se presentó la abogada Ana Viviana Cisneros Uria, produciéndose un altercado con ésta, que impidió se desarrolle la audiencia. En una segunda oportunidad, con la referida abogada, se trató de conciliar el pago de los beneficios, sin lograr este objetivo, motivo por el cual no se suscribió acta de conciliación; ante ésta situación y al ver que el pago de sus beneficios sociales fue infructuoso, la accionante pidió citar a la empresa “New Dawn Mining S.R.L.”, para su reincorporación, emitiéndose la respectiva citación, presentándose la apoderada Ana Viviana Cisneros Uria, quien negó que la accionante era dependiente de la empresa, indicando que se habría solicitado verbalmente al Jefe Departamental del Trabajo, decline competencia, desconociendo el Inspector del Trabajo, si se habría formalizado dicha solicitud; finalmente la mencionada apoderada, negó la reincorporación de la trabajadora, en vista de lo cual, el Inspector sugirió la emisión de la conminatoria de reincorporación (fs. 17 a 19 y 99 a 101).