SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0220/2013
Fecha: 06-Mar-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante alega que las autoridades demandadas lesionaron su derecho al debido proceso, consagrado por las normas del art. 115.II de la CPE, el que considera vulnerado en su elemento de la fundamentación de las resoluciones sancionatorias; puesto que el tribunal sumariante y el Consejo de la Magistratura en apelación, emitieron resoluciones sancionatorias en su contra, en las que no se ha fundamentado ni expuesto razonamientos jurídicos para declarar su culpabilidad y sancionarlo; en consecuencia, en revisión de la Resolución dictada por el Tribunal de garantías, corresponde dilucidar si tales extremos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales o garantías constitucionales del accionante, a fin de otorgar o denegar la tutela solicitada.