SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0233/2013
Fecha: 06-Mar-2013
1)
1) El SIN es una entidad parte del “Poder Ejecutivo”, creado para el cumplimiento efectivo de la facultad de administración de los tributos concedida al órgano rector, que es el “Poder Ejecutivo”; asignándole la potestad reglamentaria, misma que puede ejercer el Presidente en forma directa o las instancias, dentro del mismo Órgano, a las cuales en una forma válida en derecho administrativo y constitucional, delegó el cumplimiento de algunas de sus atribuciones; por lo que esta posibilidad es constitucional, contando la Administración Tributaria con respaldo legal para emitir normas de carácter reglamentario u operativo en base a la ley, donde el art. 162 del CTB, establece el procedimiento ante el incumplimiento de deberes formales, por lo que la Resolución Normativa de Directorio 10.0037.07, es plenamente constitucional.
- acción de inconstitucionalidad concreta
- I.1. Contenido de la acción norma
- I.2. Admisión y citación
- a)
- b)
- c)
- d)
- 1)
- 2)
- 3)
- 4)
- II.1.
- II.
- II.2.
- I.
- IV.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Alcance y naturaleza del control normativo de constitucionalidad
- Fragmento 19
- III.3. Análisis del caso concreto
- IMPROCEDENCIA