Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0245/2013
Fecha: 08-Mar-2013
acción de libertad
En revisión la Resolución 39 de 8 de noviembre de 2012, cursante de fs. 16 vta. a 18 vta., pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Florencio Quispe Lima en representación sin mandato de Javier Rivas García contra Valeria Salas Hurtado, Jueza Octava de Instrucción en lo Penal del departamento de Santa Cruz.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- denegando
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de libertad
- III.3. Sobre el indebido procesamiento
- se denuncie su vulneración en cualquiera de sus componentes, corresponderá su impugnación a través de la acción de libertad, cuando esté directamente relacionada con la restricción de la libertad
- III.4. Respecto a la extinción de la acción penal frente a denuncias de indebido procesamiento
- corresponde sean reparadas por los jueces y tribunales ordinarios a través de los medios y recursos establecidos en la norma adjetiva penal, y sólo una vez agotados, y de persistir la lesión la parte afectada podrá acudir a la jurisdicción constitucional por vía de la acción de amparo constitucional”
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR