Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0245/2013
Fecha: 08-Mar-2013
II. CONCLUSIONES
La parte accionante si bien no adjuntó prueba alguna cursante3 en obrados, solicitó se conmine a la autoridad demandada a objeto de que presente en la audiencia el cuaderno de control jurisdiccional; pero a pesar que el mismo no fue remitido a este Tribunal Constitucional Plurinacional, del contenido de la demanda, lo alegado en audiencia, y el informe de la autoridad demandada, se evidencia lo siguiente:
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- denegando
- II. CONCLUSIONES
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de libertad
- III.3. Sobre el indebido procesamiento
- se denuncie su vulneración en cualquiera de sus componentes, corresponderá su impugnación a través de la acción de libertad, cuando esté directamente relacionada con la restricción de la libertad
- III.4. Respecto a la extinción de la acción penal frente a denuncias de indebido procesamiento
- corresponde sean reparadas por los jueces y tribunales ordinarios a través de los medios y recursos establecidos en la norma adjetiva penal, y sólo una vez agotados, y de persistir la lesión la parte afectada podrá acudir a la jurisdicción constitucional por vía de la acción de amparo constitucional”
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR