SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0288/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0288/2013

Fecha: 13-Mar-2013

II.4.

II.4.  El 5 de septiembre de 2012, el accionante dirigió una misiva ante la Fiscal de obra ahora demandada solicitándole establezca y certifique los montos reembolsables al supervisor por concepto de servicios satisfactoriamente prestados, de acuerdo a la cláusula novena del contrato 21.3 reiterando su pedido por carta de 18 del mencionado mes y año (fs. 18).