Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0340/2013
Fecha: 18-Mar-2013
II.2.
II.2. El 29 de noviembre de 2012, Medardo Tito Flores Mendoza y Jesús Joaquín Escalera Veizaga, mediante escritos dirigidos al Fiscal codemandado, solicitaron la suspensión de la audiencia de recepción de declaración ampliatoria señalada para el 30 de noviembre del mismo año, señalando que ya se les recepcionó sus declaraciones informativas y que no solicitaron ampliación de sus declaraciones (fs. 5 y 11).
- acción de libertad
- I.1.1. H
- 1)
- a)
- deniega
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.1.1. El Derecho a la libertad personal en la Constitución Política del Estado
- III.1.2. De la acción de libertad
- III.2. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- suma qamaña
- III.3. Sobre las actuaciones del Ministerio Público y la posibilidad de reclamarlos ante el juez cautelar
- III.4. Sobre la eventual emisión de fallos paralelos
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR