Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0401/2013
Fecha: 27-Mar-2013
II.3.
II.3. Por testimonio 400/2011 de 20 de mayo, otorgado ante la Notaría de Fe Pública 111, de revocatoria del instrumento de poder 291/2009 de 7 de abril y otorgamiento de nuevo poder de administración que confieren los socios de la Sociedad de Administración Agrícola “ADAGRO” SRL, en favor de José Fernando Romero Pinto, como Gerente General y Marcelo Enrique Pantoja Soncini, como apoderado general (fs. 10 a 12 vta.).
- acción de amparo constitucional,
- concedió
- II.3.
- II.4.
- III.1. Excepción al principio de subsidiariedad ante la existencia de medidas de hecho. Jurisprudencia reiterada
- i) Avasallamientos u ocupaciones por vías de hecho de predios urbanos o rurales privados o públicos con limitación arbitraria del derecho a la propiedad, la pérdida o perturbación de la posesión o la mera tenencia del bien inmueble
- tiene la carga probatoria específica de acreditar su titularidad o dominialidad del bien en relación al cual se ejerció vías de hecho,
- avasallamientos u ocupaciones por vías de hecho de predios urbanos o rurales privados o públicos cuando se denuncie pérdida o perturbación de la posesión,
- III.3. Análisis del caso concreto
- 1.a. Consideraciones previas respecto del derecho propietario
- 1.b. Prueba respecto de las medidas de hecho
- fueron enviados por los Sres. ERNESTO, MARIO SUAREZ Y FAMILIA
- encontrando al Sr. Ernesto Suárez y a tres personas en medio de la propiedad
- se pudo observar que en la entrada se encontraban postes sacados de su lugar y los alambres cortados que correspondían a la propiedad
- CONFIRMAR