SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0423/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0423/2013

Fecha: 27-Mar-2013

III.2. Sobre el ingreso al análisis de fondo de la causa

La Constitución Política del Estado, es más amplia en cuanto a la protección de los derechos fundamentales y garantías constitucionales de las y los bolivianos, que se encuentran enmarcadas en tratados y convenios internacionales, ratificados por nuestro país, bajo ese concepto se debe determinar dentro la problemática presente la procedencia o no de la acción de amparo constitucional; se establece de los antecedentes y de la revisión de ingreso de causas a este Tribunal Constitucional Plurinacional, que el accionante planteó una acción similar, con identidad de sujetos, objeto y causa, resolviéndose mediante la SCP 0229/2013 de 6 de marzo, por el cual se denegó la tutela por subsidiariedad sin ingresar al análisis de fondo, al no haber agotado los medios idóneos de impugnación que rige la materia administrativa; la presente acción de amparo fue interpuesta nuevamente, coligiéndose que el accionante agotó los medios idóneos que franquea la ley, como son los recursos de revocatoria y jerárquico, consiguientemente, al haberse denegado en primera instancia la tutela solicitada por subsidiariedad, no se ingresó al análisis de fondo; corresponde a este Tribunal Constitucional Plurinacional dentro la presente acción de amparo constitucional, siendo que el accionante ya agotó e interpuso los medios de impugnación en sede administrativa y, según él, persisten las vulneraciones a sus derechos y garantías constitucionales, en consecuencia habiendo subsanado los defectos de improcedencia, este Tribunal puede ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.