SENTENCIA CONSTITUCIONALPLURINACIONAL 0058/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONALPLURINACIONAL 0058/2013-L

Fecha: 08-Mar-2013

II.5.

II.5. Por Auto de Vista 11/2010 de 9 de noviembre, el Juez Cuarto de Partido de Familia, anuló obrados “hasta fs. 24” “inclusive (del legajo de alzada) disponiendo que el Juez inferior cumpla con la tramitación correcta ante el memorial de apersonamiento del declarado rebelde, indicando en su primer considerando inc. b) “Pronunciado el auto de rebeldía por incomparecencia del demandado queda la posibilidad de continuar el procedimiento pese a su inactividad, para que esta institución de derecho procesal se suspenda debe pagarse costas al Estado y multa que establece el Juez como sanción al demandado rebelde, el mismo que cancelada la multa impuesta puede apersonarse y asumir su defensa en el estado en que encuentre la tramitación de la litis…” (sic) (fs. 18 vta.).