Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0056/2013-RCA
Fecha: 04-Abr-2013
II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
El accionante solicita la tutela de sus derechos al debido proceso en su elemento al derecho al “acceso al recurso de casación “ y a la igualdad; sin embargo, al haber sido declarada la improcedencia in limine de la acción de amparo constitucional por el Tribunal de garantías, corresponde, a la Comisión de Admisión en revisión dilucide si tal declaratoria se enmarca dentro de las previsiones de la Constitución Política del Estado y del Código Procesal Constitucional.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2. Derechos supuestamente vulnerados
- improcedencia in limine
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- Fragmento 6
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- presunta lesión al debido proceso en la sustanciación de una causa, es necesario que el acto lesivo alegado sea la causa directa de la supresión o restricción del derecho a la libertad física
- Fragmento 9
- II.3. Análisis del caso en revisión
- II.4. Cumplimiento de los requisitos de admisión (art. 33 CPCo)