Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0140/2013-CA
Fecha: 22-Abr-2013
Fragmento 6
En el caso de autos, de la lectura del memorial de la acción, se pudo verificar que la parte accionante, no fundamentó su solicitud, esgrimiendo simplemente que el informe emitido por el Inspector del Trabajo de Santa Cruz, resulta contradictorio, incongruente y doloso, pero no logra concretamente explicar cómo la Resolución Ministerial antes referida, es inconstitucional y vulnera los arts. 116 y 117.I de la CPE, pues sin mayor razonamiento, se limita a transcribir el art. 117.I, y sólo cita el art 116, para denunciar la inconstitucionalidad toda la Resolución Ministerial citada.