AUTO CONSTITUCIONAL 0162/2013-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0162/2013-CA

Fecha: 30-Abr-2013

I.1. Síntesis de la solicitud de parte

Por escrito presentado el 4 de enero de 2013, cursante de fs. 19 a 20 vta., la accionante dentro del proceso coactivo civil seguido en su contra, ante el Juzgado Quinto de Instrucción en lo Civil de la Departamental de Chuquisaca, presentó acción de inconstitucionalidad concreta, contra los arts. 48, 49, 50 y 51 de la LAPCAF por presuntamente infringir los arts. 117.I, 119.II y 180.II de la CPE.

Señala que, luego de haber sido citada con la demanda, sentencia, representación y un informe dentro del proceso coactivo civil por cobro de dineros, seguido en su contra, por Lizeth Cahuaya Serrudo al amparo de las normas legales ahora impugnadas en la presente acción, la promovió para hacer respetar sus derechos constitucionales.

Alega que, los arts. 48, 49, 50 y 51 de la LAPCAF, violan los derechos constitucionales a la defensa contemplado en el art. 119.II, a la impugnación de los fallos en procesos judiciales, establecido en el art. 180 y a un debido proceso previsto en el art. 117.I, todos de la Norma Fundamental; dado que al emitirse directamente la sentencia en un proceso coactivo civil, e impedir que se pueda apelar la misma, inviabiliza la ejecución de un debido proceso y a la impugnación que tiene derecho toda persona en ejercicio a la defensa de todas las resoluciones judiciales.