demandando la nulidad de la convocatoria 046/2012 de 16 de julio y de la sesión de Concejo Municipal de Santa Cruz de 9 de agosto de 2012, por la cual se reinstalaba la sesión de 7 de junio de 2012.
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

demandando la nulidad de la convocatoria 046/2012 de 16 de julio y de la sesión de Concejo Municipal de Santa Cruz de 9 de agosto de 2012, por la cual se reinstalaba la sesión de 7 de junio de 2012.

Fecha: 12-Abr-2013

en el sistema procesal constitucional boliviano, los actos o lesiones que sentencias judiciales pudieran ocasionar a derechos fundamentales, deben ser tutelados a través de la acción de amparo constitucional; empero, la protección por este mecanismo de defensa, no alcanza a los actos realizados por autoridades jurisdiccionales cuando estas hubieren cesado en sus funciones o estuvieran suspendidos, únicos supuestos en los cuales, procederá el recurso directo de nulidad

El postulado antes indicando, en una interpretación sistémica de la Constitución, es acorde con el sistema plural de control de constitucionalidad, ya que las decisiones jurisdiccionales, por su naturaleza jurídica tienen un mecanismo específico de defensa: La acción de amparo constitucional; entonces, la exclusión del objeto de protección del recurso directo de nulidad de las decisiones judiciales como regla general, en una interpretación enmarcada en los fines plasmados por los principios constitucionales de eficacia máxima de los derechos, no formalismo, acceso a la justicia y tutela constitucional efectiva, no implican una denegación de justicia o la exigencia de presupuestos excesivos, siendo que, tal como se dijo, en el sistema procesal constitucional boliviano, los actos o lesiones que sentencias judiciales pudieran ocasionar a derechos fundamentales, deben ser tutelados a través de la acción de amparo constitucional; empero, la protección por este mecanismo de defensa, no alcanza a los actos realizados por autoridades jurisdiccionales cuando estas hubieren cesado en sus funciones o estuvieran suspendidos, únicos supuestos en los cuales, procederá el recurso directo de nulidad.