Sentencia: 0139/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Sentencia: 0139/2013-L

Fecha: 02-Abr-2013

Primero.-

Primero.- Es evidente que conforme al nuevo diseño jurisprudencial, para presentar esta demanda constitucional, no se requiere agotar las vías ordinarias -representando ello una excepción al principio de subsidiariedad-; sin embargo, dicha informalidad no debe ser entendida, como una facultad potestativa para la parte interesada, de prescindir totalmente de los medios o recursos ordinarios que tiene a su alcance, para resguardo y protección de derechos colectivos.

En el caso que se analiza, si bien se dictó la RA 011/06 de 20 de marzo de 2006, que determinó las medidas precautorias, ratificada mediante RA 007/2008 de 16 de febrero, correspondía a los hoy accionantes, hacer valer sus derechos en el trámite del proceso de saneamiento, iniciado a petición de personeros de la UMSS.