Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0429/2013
Fecha: 03-Abr-2013
improcedente”
La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, mediante Resolución 45 de 18 de diciembre de 2012, cursante a fs. 78 y 79 vta., declaro “improcedente” la tutela solicitada; con el fundamento que el accionante no agotó las vías administrativa y judicial laboral, para reclamar sus derecho al trabajo y otros consagrados por los arts. 46 y 48 de la CPE, por lo que se debe aplicar el principio de subsidiariedad.