SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0443/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0443/2013

Fecha: 03-Abr-2013

1)

Mediante informe escrito de fs. 113 a 114, Arnoldo Méndez Rodríguez, en representación de Luis Carlos Zambrano Aguirre y Rubén Darío Velasco Arteaga, Rector y Director de Servicios Generales, respectivamente de la UABJB, sostuvo que: 1) Los accionantes contaban con contratos a plazo fijo, con intervalos y recesos, mismos que fueron cumplidos al fenecimiento de los plazos establecidos; 2) Los contratos de referencia contaban con cláusula de preaviso, por lo cual no podía operar la tácita reconducción; y, 3) No existe tercer contrato suscrito, por tanto no se dio una relación laboral indefinida y menos aún se podrán cancelar sueldos devengados de relaciones laborales inexistentes.