Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0443/2013
Fecha: 03-Abr-2013
I.1.2. Derecho supuestamente vulnerado
Los accionantes alegan la vulneración de su derecho a la estabilidad laboral, citando a dicho efecto los arts. 49.III de la Constitución Política del Estado (CPE); 11 del Decreto Supremo (DS) 28699 de 1 de mayo de 2006; Convenio 158 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT); y, art. 23 de la Declaración Universal de Derechos Humanos.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derecho supuestamente vulnerado
- 1)
- concedió
- II.1.
- III.1. La acción de amparo constitucional. Su configuración
- III.2. Sobre la reincorporación dispuesta por las Jefaturas Departamentales de Trabajo
- III.2.1. Jurisprudencia
- III.3. Sobre los contratos a plazo fijo y la relación laboral de carácter permanente
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR