SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0443/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0443/2013

Fecha: 03-Abr-2013

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Agregan que, al vencimiento del segundo contrato, siguieron desarrollando sus labores con regularidad durante treinta y cuatro días de trabajo, sin que su relación se hubiese formalizado con un contrato escrito, razón por la cual se entrevistaron con Rubén Darío Velasco Arteaga, Director de Servicios Generales de la referida entidad académica, quien les anunció que si deseaban continuar trabajando en la Universidad deberían buscar el apoyo de alguna autoridad de la citada casa de estudios.  

Señalan que, de manera sorpresiva otras personas fueron contratadas para las tareas de limpieza el mismo día que fueron despedidos, por lo cual acudieron a la Jefatura Departamental de Trabajo, dependiente del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social a reclamar por la vulneración de sus derechos en procura de su reincorporación.

Agregan que, el Jefe Departamental de Trabajo de Beni, emitió la conminatoria de reincorporación 011/2012 JDTEPS-BENI, misma que fue notificada en el despacho rectoral el 30 de noviembre de 2012, sin que hasta la fecha de la interposición de la presente acción de amparo constitucional hubiese sido cumplida.