SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0451/2013
Fecha: 09-Abr-2013
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Sin embargo, la referida Jueza, por informe cursante a fs. 18 y vta., adjuntó pruebas (fs. 15 a 17) que demostraban que la referida causa, no se encuentra en su juzgado, careciendo consiguientemente, del control jurisdiccional sobre el mismo, toda vez que remitió el 18 de diciembre de 2012, el expediente a la Jueza Novena de Instrucción en lo Penal, por excusa; indicando al respecto que dicho caso se encuentra signado con el número IANUS 701199201132199. Encontrándose registrado lo argumentado, en el libro de altas y bajas de su juzgado cursante a fs. 17, mismo que registra el número: IANUS 201132199.
De lo señalado, y toda vez que el proceso IANUS 201132199, fue remitido por la Jueza ahora demandada, ante el juzgado siguiente en número, es decir, ante el Juzgado Noveno de Instrucción en lo Penal, se establece que la autoridad demandada, carece de legitimación pasiva en la presente acción conforme se desarrolló en el Fundamento Jurídico III.2 de la presente acción.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- El informalismo
- III.2. De la legitimación pasiva en acción de libertad
- es decir, en la no coincidencia o correspondencia entre la persona, autoridad o funcionario contra quien se interpuso la acción de defensa de derechos fundamentales, con quien efectivamente causó la supuesta lesión a derechos que se denuncia y que motiva la interposición de la misma
- la misma deba ser dirigida contra el sujeto que cometió el acto ilegal o la omisión indebida o contra la autoridad que impartió o ejecutó la orden que dio lugar a la persecución, aprehensión, detención, procesamiento o apresamiento indebidos o ilegales, y que, su observancia neutraliza la acción tutelar e impide a este Tribunal ingresar al análisis de fondo de los hechos denunciados, debido a la falta de legitimación pasiva
- III.3. Análisis del caso concreto
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