Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0451/2013
Fecha: 09-Abr-2013
II.
II.2. Fotocopia simple de memorial de 15 de octubre de 2012, dirigida a la Jueza precedentemente referida, signada con IANUS 200826328 tanto en el memorial como en el adhesivo de Plataforma del Consejo de la Magistratura por el cual pide se señale audiencia de cesación a la detención preventiva, a realizarse dentro del establecimiento penitenciario (fs. 3).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- El informalismo
- III.2. De la legitimación pasiva en acción de libertad
- es decir, en la no coincidencia o correspondencia entre la persona, autoridad o funcionario contra quien se interpuso la acción de defensa de derechos fundamentales, con quien efectivamente causó la supuesta lesión a derechos que se denuncia y que motiva la interposición de la misma
- la misma deba ser dirigida contra el sujeto que cometió el acto ilegal o la omisión indebida o contra la autoridad que impartió o ejecutó la orden que dio lugar a la persecución, aprehensión, detención, procesamiento o apresamiento indebidos o ilegales, y que, su observancia neutraliza la acción tutelar e impide a este Tribunal ingresar al análisis de fondo de los hechos denunciados, debido a la falta de legitimación pasiva
- III.3. Análisis del caso concreto
- 201132199
- 2°