SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0464/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0464/2013

Fecha: 10-Abr-2013

a)

Refieren que el 3 de diciembre de 2012, Gualberto Mercado Olmos y René Mercado Olmos, interpusieron una acción de amparo constitucional contra sus personas y otras, siendo resuelta la misma por Elvis Isaac López Moya, Juez de Partido y de Sentencia Penal Liquidador de Quillacollo, el 21 de diciembre del mismo año, declarando procedente la acción de amparo constitucional, imponiendo en su parte resolutiva las medidas siguientes: a) Que los demandados “se retiren del inmueble de propiedad de los ahora accionantes en forma inmediata (sic)”; b) “El cese de actos indebidos que impiden al accionante ejercer el derecho propietario sobre el terreno, de su propiedad (sic)”; y, c) “La abstención de impedir el ingreso y acceso al terreno así como de ejercer actos de violencia contra el accionante y sus familiares (sic)”. Agrega que el Juez ahora demandado, con la imposición de las restricciones señaladas en la Resolución referida, lesionó los derechos de locomoción, libre circulación, debido a que sus personas y sus familias no pueden circular libremente en los terrenos que son de su propiedad y en el que tienen varias construcciones.