SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0482/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0482/2013

Fecha: 12-Abr-2013

debe acudir ante el Juez cautelar de turno

3) En el supuesto que la accionante hubiera denunciado los actos restrictivos de su libertad personal o física ante el Juez cautelar, como también, paralela o simultáneamente a la jurisdicción constitucional a través de la acción de libertad, la subsidiariedad excepcional también sobreviene” (el resaltado nos corresponde).