Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0500/2013
Fecha: 12-Abr-2013
II.2.
II.2. A través del memorial presentado el 4 de enero de 2013, se establece que Nestor Portocarrero Zambrana, solicitó al Presidente y Vocales del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, la remisión del recurso de apelación que dedujo el 19 de diciembre de 2012 y los actuados pertinentes, ante la “Corte Superior de Justicia” (sic), en el término de veinticuatro horas; a cuyo efecto, anunció la interposición de la presente acción de libertad (fs. 3).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concediendo
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y presupuestos de activación
- III.2. Sobre el recurso de apelación en caso de rechazo a la cesación a la detención preventiva
- III.3. La celeridad procesal en los trámites vinculados al derecho a la libertad y el denominado hábeas corpus traslativo o de pronto despacho.
- hábeas corpus traslativo o de pronto despacho
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR