Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0514/2013
Fecha: 19-Abr-2013
II.1.
II.1. Mediante acta de 27 de diciembre de 2012, consta que el Consejo del Centro Penitenciario Femenino de Miraflores, reunido en sesión extraordinaria, y luego de realizar el análisis y revisión de los antecedentes de la detenida, Flavia Jhoana Ramos Paz, en cumplimiento de la circular DGRP 003/2012 de 24 de mayo, solicitó el traslado a otro Recinto Penitenciario de la mencionada detenida, por considerar que su conducta desplegada no era apta para permanecer en dicho recinto (fs. 38 a 39).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concediendo
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y presupuestos de activación
- III.2. Protección de los derechos de los privados de libertad
- III.3. La acción de libertad correctiva
- III.4. Análisis del caso concreto
- concedido
- CONFIRMAR