Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 078/2013-RCA-SL
Fecha: 10-May-2013
I.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
El accionante considera vulnerados sus derechos y garantías constitucionales al debido proceso, a la defensa, a la impugnación, al trabajo, al juez natural; y, a la “seguridad jurídica” citando al efecto los arts. 9.2, 13.I, 115.I y II, 117.I, 119.II, 120, 122, 178.I y 256.II de la Constitución Política del Estado (CPE); 8, 9 y 98 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; y, 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP).
- acción de amparo constitucional
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.3. Petitorio
- improcedencia in limine
- II.1. Aplicación de la Ley 1836 para la liquidación de acciones tutelares ingresadas hasta el 31 de diciembre de 2011
- Las resoluciones judiciales que por cualquier otro recurso puedan ser modificadas o suprimidas aún cuando no se haya hecho uso oportuno de dicho recurso
- II.3.
- cuando se planteó el recurso pero de manera incorrecta, que se daría en casos de planteamientos extemporáneos o equivocados
- II.3. Análisis del caso concreto
- idóneos
- APROBAR