SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0313/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0313/2013-L

Fecha: 13-May-2013

denegó

La Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Cochabamba, constituida en Tribunal de garantías, pronunció la Resolución de 19 de marzo de 2013, cursante de fs. 94 a 98, por la que denegó la tutela solicitada, bajo el siguiente fundamento: Conforme a la línea jurisprudencial, la acción de amparo no es la vía idónea para pretender la revisión de fallos judiciales que pueden ser enmendados mediante los recursos ordinarios o extraordinarios previstos por ley, como señalan las “SS CC0404/2010-R, 0288/2010-R, 0330/2010-R, 1460/2010-R y otras”, además la interpretación de la legalidad ordinaria corresponde a la jurisdicción ordinaria, e ingresa solo en caso en que se vulnera el derecho y la garantía, de acuerdo a las “SS CC 0209/2010-R, 0182/2010-R, 0188/2010-R”.