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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0350/2013-L
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0350/2013-L

    Fecha: 21-May-2013

    II.3.

    II.3.    Cursa a fs. 7 vta., el memorial presentado por el abogado del accionante impetrando al Juez de la causa ejerza de forma inmediata control jurisdiccional; a fs. 8 corre el proveído emitido por el Juez Primero de Instrucción en lo Penal, ordenando que la Fiscal asignada al caso informe en el día sobre lo solicitado. 

    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • denegó
    • I.3. Consideraciones de Sala
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.   Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • Fragmento 10
    • III.2. El derecho de petición
    • III.3. El derecho de petición debe ser resuelto con prioridad frente a otros derechos vinculados a este
    • III.4.   Análisis del caso concreto
    • REVOCAR

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