SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0371/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0371/2013-L

Fecha: 27-May-2013

el Tribunal Constitucional Plurinacional ha establecido situaciones excepcionales en las que se prescinde de la subsidiariedad tomando en cuenta la naturaleza de los derechos invocados y de la problemática planteada, como es el caso de la protección de la mujer en estado de gestación y del progenitor hasta un año posterior al nacimiento del nuevo ser, resultando que no es exigible agotar los medios ordinarios de defensa; por cuanto, en dichas problemáticas no solamente se halla involucrado el derecho al trabajo, sino otros, de la madre y del ser en gestación o recién nacido, como ser a la vida, a la salud y a la seguridad social, cuya tutela no puede depender de otros recursos o vías administrativas que pudieran resultar extemporáneos;

La SCP 1212/2012 de 6 de septiembre, sobre el particular, estableció: “Si bien la acción de amparo constitucional goza de los principios de subsidiariedad e inmediatez, cuyo cumplimiento se exige para su consideración; sin embargo, el Tribunal Constitucional Plurinacional ha establecido situaciones excepcionales en las que se prescinde de la subsidiariedad tomando en cuenta la naturaleza de los derechos invocados y de la problemática planteada, como es el caso de la protección de la mujer en estado de gestación y del progenitor hasta un año posterior al nacimiento del nuevo ser, resultando que no es exigible agotar los medios ordinarios de defensa; por cuanto, en dichas problemáticas no solamente se halla involucrado el derecho al trabajo, sino otros, de la madre y del ser en gestación o recién nacido, como ser a la vida, a la salud y a la seguridad social, cuya tutela no puede depender de otros recursos o vías administrativas que pudieran resultar extemporáneos; razonamiento asumido por la SC 0530/2010-R de 12 de julio, al expresar que: '…en varios casos se ha excusado inclusive la observancia de los principios de subsidiariedad e inmediatez que informan el amparo constitucional, a los efectos del ejercicio pleno de este derecho que asiste a la mujer trabajadora en estado de embarazo, no sólo para la protección de ésta, sino también y fundamentalmente del nuevo ser…' . Asimismo el derecho al trabajo protege a la madre embarazada como al progenitor y otros derechos, que son primarios y tienen directa relación, como ser a la alimentación, a la salud, a la seguridad social y a la vida, no solo de la madre sino del menor en gestación o recién nacido, y así como del padre (progenitor) (art. 48.VI de la CPE).