SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0371/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0371/2013-L

Fecha: 27-May-2013

II.6.

II.6. Mediante nota de 13 de agosto de 2011, el Jefe de Personal de la empresa que representa el demandado, comunicó al accionante su reincorporación indicándole que el 15 de ese mismo mes y año a horas 8:00, debía presentarse para desempeñar sus funciones laborales normalmente, en su puesto de ayudante de montaje, como también que se le cancelarían todos sus salarios devengados y demás derechos sociales actualizados hasta el 5 de ese mes y año (fs. 57).